Subvenciones rehabilitación Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
El pasado 7 de julio, el Gobierno de Aragón publicó las nuevas subvenciones en materia de rehabilitación residencial. Estas ayudas se enmarcan dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), siendo la hoja de ruta para la implementación del instrumento de recuperación Next Generation Eu en España. El PRTR se estructura en 10 ejes. El primero se destina a reforzar la inversión pública y privada fundamentalmente en materia de energía y sostenibilidad. El eje 1 tiene un denominado “componente 2” centrado en:
1. Activar en España un sector de la rehabilitación que permita generar empleo y actividad en el corto plazo. Debe de garantizar un ritmo de renovación sostenible del parque edificado en el medio y largo plazo. Cumpliendo los objetivos marcados en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC). También y en la Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESEE).
2. La renovación del parque de vivienda y de edificios apostando por enfoques integrales, de modo que la mejora de la eficiencia energética y la integración de fuentes de energía renovable se acompañe de una mejora de la accesibilidad, conservación, mejora de la seguridad de utilización y la digitalización de los edificios.
Las líneas de subvención que integran esta convocatoria son:
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio (P3).
- Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (P4). Reforma de pisos.
- Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación (P5).
Ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio (P3)
Este programa tiene por objeto la financiación de obras o actuaciones en los edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas y en las viviendas unifamiliares, en los que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a su envolvente edificatoria.
Son subvencionables las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, siempre que se obtenga conjuntamente:
a) Una reducción de al menos un 30 % en el indicador de consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
b) Una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda unifamiliar o del edificio, según la clasificación climática del CTE, de al menos:
– Zonas climáticas D y E: un 35 %.
– Zona climática C: un 25 %. Este programa de subvenciones a la rehabilitación está dotado con dotado con 8.800.000 euros. La cuantía máxima de la subvención variará entre el 40 y el 80 % y con unos límites por vivienda que podrán oscilare entre los 6.300 y los 18.8000 euros.
Su plazo de ejecución no podrá exceder de los 26 meses, contando desde la fecha de concesión de la ayuda. Excepcionalmente el plazo se podrá ampliar hasta los 28 si se trata de actuaciones que afecten a 40 viviendas o más. Si se identifican situaciones de vulnerabilidad económica de alguno de los propietarios del edificio a rehabilitar, se pueden conceder en estos casos particulares «ayudas adicionales hasta el 100 por cien del coste de la actuación«. Se pueden pedir estas ayudas desde el 13 de septiembre de 2022 y hasta el 1 de septiembre de 2023. Las actuaciones deben estar iniciadas con posterioridad al 1 de febrero de 2020.
Ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (P4)
Este programa tiene por objeto la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares.
Son subvencionables por este programa aquellas que se realicen en viviendas y sean necesarias para justificar uno o varios de los siguientes requisitos:
a) Una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del al menos el 7 %.
b) Una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30 %.
c) Modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en las tablas 3.1.1.a-HE1 y 3.1.3.a-HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del CTE.
No serán subvencionables las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil. Esta convocatoria cuenta con una cuantía de 7.305.000 euros. El importe de subvención será del 40 por ciento del coste de la actuación y con un límite de 3.000 euros. El plazo para ejecutar las obras que se acojan a estas ayudas no podrá exceder de los doce meses. Su plazo de solicitud es desde el 25 de julio de 2022 y hasta el 1 de septiembre de 2023. Las actuaciones deben estar iniciadas con posterioridad al 1 de febrero de 2020.
Ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación (P5)
El objeto de este programa es el impulso a la implantación y generalización del Libro de edificio existente para la rehabilitación, mediante una subvención que cubra parte de los gastos de honorarios profesionales por su emisión. También el desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios de acuerdo con los límites establecidos, con el propósito de activar la demanda de una rehabilitación energética significativa y de alta calidad en los edificios, que permita cumplir los objetivos europeos e impulse la actividad de este sector de actividad en el medio y largo plazo. La tercera línea de subvenciones a la rehabilitación estará provista de 1.359.470 euros. En este caso, la cuantía será de 700 euros en viviendas unifamiliares y en plurifamiliares de hasta 20 viviendas. Será de 1.100 en aquellos que superen este número de viviendas con una cuantía máxima de 3.500 euros.
Para proyectos de rehabilitación será de 4.000 euros y en los que superen la veintena de viviendas de 12.000 por edificio sin superar los 30.000 euros. El plazo para la redacción de proyectos o libros del edificio será de tres meses. Se podrán solicitar estas ayudas desde el 25 de julio de 2022 hasta el 1 de septiembre de 2023. Las actuaciones deben estar iniciadas con posterioridad al 1 de febrero de 2020.
Ayuda para la tramitación
Para ayudar con la tramitación de estas subvenciones a la rehabilitación y/o para solucionar dudas sobre las mismas, el Gobierno de Aragón, junto con el Colegio de Arquitectos de Aragón y el Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Aragón van a abrir oficinas y teléfonos de información.
En el caso de que estén interesados en estas subvenciones a la rehabilitación, podemos resolver sus dudas o ayudarles con la tramitación de las mismas, contactando con nosotros.
Actualizamos la noticia porque el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España ha actualizado su calculadora energética para conocer los costes de una rehabilitación subvencionada con fondos europeos. Para ayudar a las comunidades de propietarios, al administrador de fincas y, en general, a los agentes rehabilitadores, a calcular la cuantía de la ejecución de los trabajos de rehabilitación, pero también a los particulares que tienen en propiedad una casa unifamiliar. La novedad reside en la posibilidad de conocer el coste energético aproximado mensual del edificio, sin la necesidad de incluir los datos del certificado energético. El ciudadano podrá conocer cuánto gasta en energía y qué puede hacer para ahorrar y mitigar la pobreza energética.
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